
12/03/2026
Las empresas pueden recuperar el IVA de facturas impagadas si cumplen con los requisitos establecidos
Muchas empresas y autónomos desconocen que la normativa fiscal permite recuperar el IVA de una factura que no se ha cobrado, siempre que se cumplan determinados requisitos. Te lo contamos en este artículo.
Desde Ottesa Assessors, su gestoría y asesoría fiscal y laboral en Lleida, queremos recordar a nuestros clientes que existen distintos incentivos y deducciones vinculados a este tipo de contratación que pueden suponer un importante ahorro fiscal, tanto para la empresa como para el propio trabajador.
Como siempre, nuestro equipo está a su disposición para estudiar cada caso y ayudarle a aprovechar todas las ventajas que ofrece la normativa.
Beneficios fiscales para los trabajadores con discapacidad
La normativa fiscal española contempla diferentes deducciones en el IRPF para los trabajadores con discapacidad, que pueden incrementarse en función del grado de discapacidad reconocido.
Con carácter general, los trabajadores pueden aplicar una deducción fija de 2.000 euros anuales en concepto de otros gastos del trabajo, además de otros gastos deducibles como:
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Cotizaciones a la Seguridad Social
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Cuotas sindicales
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Gastos de colegiación obligatoria
Cuando el trabajador tiene reconocida una discapacidad, esta deducción puede incrementarse de forma significativa.
Incremento según el grado de discapacidad
La normativa establece los siguientes incrementos:
Discapacidad igual o superior al 33% e inferior al 65%
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Incremento adicional de 3.500 euros anuales
Discapacidad igual o superior al 65%
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Incremento adicional de 7.750 euros anuales
Este incremento también se aplica en casos de personas con movilidad reducida o que necesitan ayuda de terceras personas.
Estas deducciones permiten reducir la base imponible del trabajador, lo que puede representar un importante beneficio fiscal en su declaración de la renta.
¿Qué ocurre si la discapacidad se reconoce durante el año?
En algunos casos, la situación de discapacidad se reconoce durante el ejercicio fiscal, y no desde el inicio del año.
Cuando esto ocurre, la normativa establece que la deducción no puede superar el rendimiento neto del trabajo percibido desde el momento en que se reconoce la discapacidad.
Ejemplo práctico
Imaginemos un trabajador al que se le reconoce una discapacidad del 33% el 1 de diciembre.
Si sus rendimientos netos del trabajo durante el mes de diciembre son de 2.100 euros, el incremento deducible no podrá alcanzar los 3.500 euros previstos por la ley, sino que quedará limitado a esos 2.100 euros.
Este tipo de situaciones suele requerir una correcta planificación fiscal para garantizar que se aprovechan al máximo los beneficios disponibles dentro del marco legal.
Ventajas también para las empresas
Además de los beneficios fiscales para el trabajador, la contratación de personas con discapacidad puede suponer también importantes ventajas para las empresas, como por ejemplo:
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Bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social
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Incentivos para contratos indefinidos
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Subvenciones para la adaptación del puesto de trabajo
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Cumplimiento de políticas de inclusión laboral
Además, para determinadas empresas, puede ayudar a cumplir con la obligación legal de reservar un 2% de la plantilla a personas con discapacidad, en empresas con más de 50 trabajadores.
El asesoramiento adecuado marca la diferencia
La normativa laboral y fiscal vinculada a la discapacidad puede generar dudas tanto en empresas como en trabajadores. Por ello es importante contar con un asesoramiento especializado que analice cada situación concreta.
En Ottesa Assessors, con más de 50 años de experiencia asesorando a empresas, autónomos y particulares, ofrecemos un servicio integral en materia laboral, fiscal y de gestoría, siempre con un trato cercano y personalizado.
Si está pensando en contratar personal o quiere conocer los beneficios fiscales disponibles, nuestro equipo estará encantado de ayudarle.


